🔸Será sancionada con penas que irían de los ocho a los doce años de prisión.
#VERACRUZ | A partir del pasado miércoles 21 de agosto de 2024 se publicó en la Gaceta Oficial del Gobierno del Estado de Veracruz, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal, ambos ordenamientos del estado de Veracruz, para tipificar como delito la violencia ácida.
Luego de publicarse la reforma y adición al artículo se tipifica como delito la violencia ácida, que será sancionada con penas que irían de los ocho a los doce años de prisión.
Además, la multa de 300 a 700 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor es de 108.57, por lo que sería mínimo de 32 mil 571 y máximo de 75 mil 999.
Cabe recordar que el 31 de julio, el Pleno de la LXVI Legislatura aprobó el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal, ambos ordenamientos del estado de Veracruz, para tipificar como delito la violencia ácida y sancionar con penas que irían de los ocho a los doce años de prisión y multa de 300 a 700 veces el valor diario de la UMA.
De acuerdo con las reformas aprobadas, se establece en la fracción X del Artículo 7 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la violencia ácida es aquella que pretende causar un daño físico irreversible que lastime, altere o cause alguna discapacidad, mediante la acción de arrojar ácido, álcalis, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, líquidos a altas temperaturas o cualquier otra sustancia que pueda provocar o no lesiones en órganos internos, externos o en ambos.
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